miguel pons infante
arquitecto técnico
agente de la propiedad inmobiliaria
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¿Que es la ITE?
La ITE (Inspección Técnica de Edificios) tiene por objeto revisar los edificios de cara a establecer su estado de conservación, estabilidad, seguridad, estanqueidad, consolidación y estado de habitabilidad, así como el cumplimiento de la normativa vigente cuando es de aplicación.
¿Está regulada?
Las ordenanzas municipales regulan mediante este trámite la "obligación de conservar" que obliga a los propietarios de las edificaciones.
¿Que edificios han de pasar la ITE?
Es obligatoria para todos los edificios de más de 50 años de antigüedad y/o protegidos, cualquiera que sea su uso y titularidad. En el término municipal de Málaga, este rango de fechas se ha modificado con la nueva Ordenanza Municipal adaptándolas a las nuevas exigencias estatales, no obstante, en otros municipios conviene consultar la ordenanza municipal correspondiente para conocer el límite de antigüedad de cada municipio.
¿Cual es el plazo límite de presentación de la ITE?
En el caso del término municipal de Málaga, ver contenido web Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Málaga
¿Quien la puede realizar?
Técnicos señalados como "competentes", que se hacen responsables de que el edificio cumple las condiciones que se les exigen. Deben ir visadas por su Colegio Profesional.
¿Que técnicos son los más recomendados?
Arquitectos, Aparejadores y Arquitectos Técnicos, en todos los casos. Estos profesionales tienen formación especifica en construcción.
¿Porque es recomendable que el informe inspección ITE esté visado?
El visado indica que el técnico está habilitado, colegiado y tiene suscrita póliza de seguro que cubre la responsabilidad civíl.
¿En que consiste la ITE?
El técnico revisa el estado general del edificio, especialmente lo que se refiere a: estructura y cimentación, fachadas y medianerías, cubiertas y azoteas, instalaciones de fontanería, saneamiento y electricidad, y cualquier otro daño no incluido en los apartados anteriores, indicando en su caso los daños observados, causas probables de los daños, las reparaciones necesarias en su caso y una estimación del coste de estas reparaciones.
¿Cuales pueden ser los resultados de la ITE?
La ITE puede ser favorable, es decir no hay fallos importantes, se presenta y se paga la tasa correspondiente, o desfavorable (negativa), esta última referida a la existencia de daños, y que obliga a realizar las obras de subsanación necesarias.
¿A que obliga una ITE desfavorable?
En el caso de una ITE desfavorable, es necesario presentar escrito donde el propietario y/o representante legal de la Comunidad se compromete a solicitar en el plazo de tres (3) meses la licencia de obra necesaria para la realización de las obras de subsanación de los fallos. El técnico, si así lo considera, puede incluir en el documento obras o medidas a ejecutar de forma inmediata.
¿Cuantos honorarios se pagan a los técnicos?
Los honorarios correspondientes al informe de ITE se pactan libremente entre propiedad y el técnico redactor. En condiciones normales y dependiendo del núm. viviendas, locales, sótanos, etc., antiguedad, complejidad, daños, etc., los honorarios deben estar entre los 30/60 € por vivienda.
.- ¿Cuanto debe cobrar un aparejador, arquitecto técnico por una ITE? pulsa aquí
.- ¿ Puedo contrastar los honorarios indicados anteriormente? Si pulsar aqui
¿Si me ofertan una ITE muy por debajo de las cantidades indicadas, que debo comprobar?
Asegurese de la capacidad técnica real del ofertante, también que tiene suscrita una póliza de responsabilidad civíl suficiente, y asegure futuros honorarios por situaciones de ITE desfavorable pulsar aqui
En estos casos es aconsejable comprobar que no se encuentra vinculado a empresa constructora y/o instaladora.
¿Cuanto se paga de tasas cuando la ITE es favorable?
La tasa asciende a 23,07 € (año 2.012).
¿Cuanto se paga por tasas cuando la ITE es desfavorable?
La tasa será el 2,5 % del valor de las obras que figuren en el informe de inspección, con un mínimo de 168,35 € (año 2.012) caso de no realizarse valoración de las obras.
Además se deberá abonar el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras que asciende al 4 % del presupuesto de ejecución material que figure en la solicitud de licencia.
¿Que ocurre si no se presenta la ITE?
Supone la apertura de un expediente sancionador con imposición de multa entre 600 y 60.000 euros, dependiendo del valor de las obligaciones incumplidas. La GMU se reserva además la posibilidad de realizar el informe de ITE por ejecución subsidiaria y a costa de los obligados.
¿Sería recomendable realizar una inspección y obras previa a la inspección ITE?
Sería recomendable, así evitará una ITE desfavorable y ahorraría en gastos.
¿Donde se puede conseguir más información?
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